La Suprema Corte de Justicia de la Nación rechazó por unanimidad la propuesta de los legisladores de oposición para invalidar la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar. Al respaldar el proyecto de la ministra Loretta Ortiz Ahlf, el máximo tribunal determinó que transferir al fondo el dinero de las cuentas inactivas de las Afores no constituye una confiscación ni un robo de propiedad, aclarando que la medida solo modifica la administración de los recursos y garantiza que los trabajadores o sus beneficiarios puedan reclamar sus ahorros.
Durante la sesión, los ministros coincidieron en que la ley respeta el derecho de propiedad y la seguridad jurídica de los afiliados al IMSS e ISSSTE. El pleno subrayó que este esquema, decretado en abril de 2024 durante la administración del expresidente Andrés Manuel López Obrador, mantiene la titularidad del dinero a favor de sus dueños originales y cuenta con un Comité Técnico encargado de administrar, invertir y devolver los recursos de forma permanente.
